1 de julio de 2012

El delito de estafa: el engaño bastante y la autoprotección


Como bien es sabido el engaño es un elemento esencial en el delito de estafa.

La jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como de las Audiencias Provinciales tienen asentado que el mismo debe ser un engaño bastante. El problema que amenudo se plantea es determinar cuando ese engaño debe ser considerado idóneo o "bastante".

Al respecto destaco una de las últimas sentencias del T.S de fecha 15.3.2012, que trata este asunto de forma clara , siendo su Ponente Dº Candido Conde-Pumpido Touron.

Este tema es esencial, pues normalmente se alega por el acusado, la falta de autoprotección de la victima para solicitar la absolución, es decir, si la victima no actúa con una mínima diligencia, el derecho penal no debe protegerle y debe absolverse al acusado.

La Sentencia referida del T.S., dice claramente a modo de delimitar este asunto tratado:

"Una absoluta falta de perspicacia, una estúpida credulidad, o una extraordinaria indolencia excluyen la idoneidad objetiva del engaño"     

En estos casos no se aplica el derecho penal, ante la actitud adoptada por el engañado.

La Sentencia sigue explicando que el principio de confianza que rige como armazón en nuestro ordenamiento jurídico, o de la buena fe negocial, no se encuentra ausente cuando se enjuicia un delito de estafa.

"La ley no hace excepciones a este respecto, obligando al perjudicado a estar más precavido en este tipo de delito que en otros, de forma que la tutela de la victima tenga diversos niveles de protección"


También se hace referencia a la Sentencia del T.S. de 19.5.2009, que explica: 


" Una cosa es sufrir error como consecuencia de un comportamiento propio del cual derive causalmente la equivocación, que convierte en idóneo un engaño que por si mismo en principio no lo era, y otra muy distinta sufrir el error por el engaño adecuado desplegado por el tercero, y convertir en negligencia causante de la equivocación la buena fe y la confianza del engañado."   



Juan C. Tejedor Horche
Abogado. Dº Penal