La cuestión ha sido trada en ese sentido por el Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo del día 27.4.2011.
Ello supone un cambio de criterio, pues con anterioridad a ese acuerdo, podía suponer la prescripción del delito afectado por la nulidad.
Dicha doctrina ha sido aplicada por múltiples Sentencias posteriores a dicho acuerdo, como por ejemplo la S.T.S de 3.6.2011
En igual sentido: Sentencia de la A.P. de Barcelona, Sec. 10ª de 30.7.2012. Ponente: Carmen Sánchez -Albornoz
Juan C. Tejedor Horche.
Abogado. Dº Penal.