12 de julio de 2014

Procedimiento Abreviado: la peticiónde indemnización puede solicitarse hasta el trámite de Conclusiones Definitivas


En el Procedimiento Abreviado, puede solicitarse la correspondiente petición indemnizatoria en el trámite de Conclusiones Definitivas, aunque no se haya pedido cantidad alguna durante la instrucción ni en el escrito de acusación.

Ello es así, ya que la Lecrim. no designa un plazo anterior, para determinar la indemnización que se solicita al acusado. (art. 109 C. Penal)

Incluso en el trámite de Conclusiones Provisionales, puede variarse el importe inicialmente solicitado.

Ni el  Principio Acusatorio ni la indefensión, pueden alegarse para oponerse a una petición indemnizatoria en el trámite de Conclusiones Definitivas, siempre que esté el importe en cuestión relacionado directamente con el delito imputado.

Sólo en caso de renuncia a la acción civil o reserva de la misma, podría impedir la petición indemnizatoria en el escrito de Conclusiones Definitivas

Debe quedar claro que la petición indemnizatoria solo puede ejercitarse en nombre propio (se ejercita un derecho propio), y no pueden solicitarse importes de terceros. Ejemplo de ello, sería un delito que afecta a varios miembros de la familia y solo ha denunciado uno de ellos. Solo podrá pedir indemnización la persona denunciante.

Juan C. Tejedor. Horche.
ICAB 16.646