Es norma entender que ante el Auto de Apertura de Juicio Oral, no es posible evitar el embargo preventivo de los bienes del acusado o sociedades implicadas en los hechos.
Ello se puede obtener si de forma previa al momento en que se dicte el mencionado Auto, se realiza la correspondiente petición fundamentada.
A continuación detallamos un escrito judicial que trata este asunto, y que fue estimado con éxito por el Juzgado de Instrucción, acordándose la imputación de un responsable civi, pero sin tener que prestar fianza. En igual sentido se puede realizar la petición para la persona responsable penal.
Ello se consiguió, relacionando la responsabilidad civil que puede pedir la acusación, en esa fase judicial, con la naturaleza de las medidas cautelares.
Modelo: Juzgado Instrucción nº … de
Barcelona.
D.P.: ….
Denunciante: …
Denunciante: …
AL
JUZGADO
Dº
……., procurador de los Tribunales y del Sr. …. y de la sociedad …., como mejor
proceda en derecho,
DIGO
Único. Habiéndose dado traslado
por resolución de fecha …a la
querellante para que presente su escrito de acusación, esta parte realiza las
siguientes Alegaciones, ante la
decisión que deberá tomar el Juzgado sobre los posibles responsables civiles
subsidiarios y sobre las medidas cautelares civiles:
Al respecto reiteramos que no procede la declaración
de responsabilidad civil subsidiaria de la sociedad …..por los siguientes
motivos: …
- No puede existir responsabilidad civil de ningún
tipo de la sociedad ….., de la que es administrador el denunciado Sr. …., ya que nunca actuó en nombre de dicha
sociedad en los hechos relacionados con este asunto.
Ni tan siquiera esa sociedad ….., existía cuando se
firma el contrato de fecha …sobre ….
Subsisdiariamente se solicita, que para el
supuesto de acordarse la respondabilidad civil subsidiaria de la sociedad …., entendemos
que no debe adoptarse ninguna medida cautelar de carácter económico contra
dicha empresa , en este momento procesal, debiendo quedar resuelto el asunto de
su posible responsabilidad civil por Sentencia, ya que en otro caso provocaría
el cierre anticipado de la sociedad.
Más subsidiariamente se solicita que de
acordarse alguna medida cautelar de carácter económico contra la sociedad …, se
solicite fianza a la parte que la demande, en un importe de …euros, por
tratarse de una medida cautelar (aseguramiento de responsabilidad civil
futura).
En este sentido se cita el Título IX de la Lecrim. y
jurisprudencia interpretativa.
Así la sentencia de la Audiencia Provincial de
Barcelona de fecha 20.7.2012, relaciona ese Título
de la Lecrim. (art. 589 de la Lecrim.), con el Auto de Apertura de Juicio Oral.
En su virtud,
Al Juzgado
Suplico:
Que admita este escrito, y acuerde de
conformidad con el mismo, no acordándose la responsabilidad civil de la
sociedad ………, o en otro caso se acuerde según se solicita en la peticiones
Subsidiarias.
Fecha...
Juan C. Tejedor Horche. El Procurador.
ICAB 16.646