11 de febrero de 2012

Cuándo existe estafa por doble venta: entrega de otro bien idéntico para evitar el delito

La estafa por doble venta concurre cuando se vende un bien a un segundo comprador ocultándose la primera venta realizada y por tanto careciendo el vendedor de la titularidad del bien para firmar la segunda venta.

Para el supuesto de haberse pactado la compraventa de una place de garaje concreta, que es vendida a un tercero, pero pudiéndose vender al perjudicado otra plaza de garaje de características similares, no se comete el delito de estafa. 

Además en este caso concreto tratado por la Sección 7ª de la A.P. de Barcelona, no se descartó que se existiera un posible error en la venta al tercero de dicho inmueble.

Para que prospere la denuncia por estafa es necesario que exista un perjuicio y el dolo correspondiente.

 En este sentido se pronunción la Sentencia de 4.11.2010 de la A.P. de Barcelona, Sección 7ª. Ponente Dª Ana Ingelmo Fernandez

Juan C. Tejedor Horche
Abogao. Dº Penal.